Estatutos Sociales


En los estatutos se recogen datos esenciales como la denominación, el capital y el domicilio social.

Se decide cuál va a ser el órgano de administración y si el administrador va a ser una sola persona o varias (administradores solidarios o mancomunados).

También se especifica la duración del cargo y si va a ser retribuido.

La mención de esto último tiene especial importancia, ya que la retribución del administrador como tal no será deducible si el hecho no consta en escritura pública.

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