Registro Mercantil Territorial


Su función esencial, como he explicado al principio de este artículo es, la de dar publicidad legal a determinadas situaciones jurídicas y actos que afectan a los empresarios en el inscritos.

Esta publicidad alcanzará a todo lo que interese a los terceros o al estado, con la finalidad de dotar de seguridad jurídica al tráfico económico y, proteger a quienes se relacionan con ese empresario.

Se establece una presunción legal de conocimiento de los hechos inscritos por la cual, los actos sujetos a inscripción y que estén inscritos, se consideran inscritos por todos, siendo oponibles frente a terceros, sin que bajo ningún concepto se pueda alegar ignorancia, por el contrario, los actos inscribibles y no inscritos no producen efectos frente a terceros.

En segundo lugar, otras de las funciones de los registros mercantiles territoriales es la de legalizar los libros de los empresarios, nombrar expertos independientes para la valoración de aportaciones no dinerarias a sociedades y, el nombramiento de los auditores de cuentas en determinados supuestos previstos por la ley.

Por último, este también es la instancia encargada del depósito y publicidad de las cuentas anuales de los empresarios.


 

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